Mano marcando un día en un calendario de sobremesa en la oficina

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el calendario laboral de 2027. En Cataluña habrá 12 días festivos de carácter estatal y autonómico, a los que habrá que sumar las dos fiestas locales de cada municipio. Un dato destacado es que tres de estos festivos caerán en sábado.

El pasado 13 de octubre de 2026, el BOE publicó la Resolución de 8 de octubre de la Dirección General de Trabajo, que recoge la relación oficial de fiestas laborales para el año 2027.

En Cataluña, el calendario ya se había establecido mediante la Orden EMT/52/2026, de 25 de marzo, publicada en el DOGC el 1 de abril.

Conocer estas fechas con antelación es especialmente útil para las empresas, ya que facilita la organización de los turnos de trabajo, las vacaciones del personal y la planificación de la actividad.

¿Cuáles serán los días festivos en Cataluña en 2027?

Los 12 días festivos oficiales de ámbito estatal y autonómico serán:

  • 1 de enero, viernes: Año Nuevo.
  • 6 de enero, miércoles: Reyes.
  • 26 de marzo, viernes: Viernes Santo.
  • 29 de marzo, lunes: Lunes de Pascua.
  • 1 de mayo, sábado: Fiesta del Trabajo.
  • 24 de junio, jueves: San Juan.
  • 11 de septiembre, sábado: Diada Nacional de Cataluña.
  • 12 de octubre, martes: Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre, lunes: Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, lunes: Día de la Constitución.
  • 8 de diciembre, miércoles: Inmaculada Concepción.
  • 25 de diciembre, sábado: Navidad.

A estos días habrá que añadir las dos fiestas locales que correspondan a cada municipio.

En el caso de Igualada y de los demás municipios de l’Anoia, habrá que tener en cuenta las fechas locales establecidas oficialmente para cada población.

Tres días festivos coincidirán en sábado

Una de las particularidades del calendario de 2027 es que tres festivos caerán en sábado: el 1 de mayo, el 11 de septiembre y el 25 de diciembre.

Esta circunstancia es especialmente relevante para los trabajadores que habitualmente trabajan de lunes a viernes.

Hay que recordar, sin embargo, que el hecho de que un festivo caiga en sábado no significa automáticamente que se tenga derecho a otro día libre.

Para determinar cómo afecta esta circunstancia al calendario laboral y al cómputo de la jornada anual, habrá que tener en cuenta el convenio colectivo aplicable y las condiciones concretas de trabajo.

¿Qué puentes se podrán hacer en 2027?

El calendario también ofrece varias posibilidades para organizar escapadas o periodos de descanso.

El primer puente llegará en enero, ya que Año Nuevo caerá en viernes, lo que permitirá disfrutar de un fin de semana de tres días a quienes habitualmente descansan sábado y domingo.

Durante la Semana Santa, el Viernes Santo será el 26 de marzo y el Lunes de Pascua el 29 de marzo, de modo que se podrán encadenar cuatro días festivos o de descanso semanal.

También destacan el 24 de junio, jueves, y el 12 de octubre, martes, que permitirán hacer puente si se dispone de un día de vacaciones adicional.

Por último, en diciembre, el Día de la Constitución será el lunes 6 y la Inmaculada Concepción el miércoles 8, una combinación que puede facilitar varios días seguidos de descanso.

¿Qué deben tener en cuenta las empresas?

La publicación del calendario laboral es un buen momento para que empresas y autónomos con personal contratado empiecen a preparar la organización del próximo año.

De acuerdo con el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores, las empresas deben elaborar anualmente el calendario laboral y exponer un ejemplar en un lugar visible de cada centro de trabajo.

Además de los festivos oficiales, es importante tener en cuenta la jornada anual prevista en el convenio colectivo, los descansos semanales, los periodos de vacaciones y las particularidades de cada actividad.

Una planificación adecuada permite evitar incidencias en el cómputo de las horas de trabajo y facilita la conciliación de la vida laboral y personal de los trabajadores.

Desde Gabinet Anoia Grup recomendamos planificar con antelación los calendarios laborales y revisar su adecuación al convenio colectivo aplicable.

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